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Romero irá a juicio por jurados y continuará en prisión

Este lunes por la mañana se llevó a cabo la audiencia preliminar en la causa por el homicidio de Maximiliano Cifuentes, ocurrido el 1 de enero de 2025 en el barrio Laprida. El único imputado en el caso es Roberto “Catu” Romero.

Durante la audiencia, el fiscal jefe Cristian Olazábal, acompañado por la procuradora de fiscalía Florencia Do Carmo, ratificó la acusación pública, presentó la prueba documental y testimonial y solicitó que la causa sea elevada a juicio por jurados. Asimismo, requirió que Romero continúe en prisión preventiva hasta la finalización del debate oral, pedido que también fue respaldado por la querella, representada por el abogado Eduardo Stepa.

Por su parte, el defensor particular del imputado, Guillermo Iglesias, no se opuso a que el caso avance a juicio oral. Sin embargo, presentó su teoría del caso basada en que el hecho habría ocurrido en un contexto de legítima defensa o, eventualmente, con exceso en la legítima defensa. En ese sentido, solicitó que se revoque la prisión preventiva de su asistido y que se disponga su arresto domiciliario.

De acuerdo con la acusación fiscal, el hecho ocurrió el 1 de enero de 2025 alrededor de las 5:40, cuando Cifuentes y un acompañante caminaban por las calles Ottawa y Tinogasta, en el barrio Laprida. En ese momento, el acompañante de la víctima se detuvo a orinar frente al domicilio de Romero, lo que motivó el reproche de la pareja del imputado.

Según la reconstrucción del Ministerio Público Fiscal, Romero intervino y le propinó una patada a Cifuentes, provocando su caída. Luego se enfrentó a golpes con el otro hombre, y cuando Cifuentes intentó separarlos tomándolo por detrás, los tres terminaron cayendo al suelo. Tras separarse, Romero habría dicho “ya van a ver, pendejos de mierda”, se dirigió a su vehículo Volkswagen Gol, tomó un cuchillo de doble filo y atacó a Cifuentes.

La Fiscalía sostiene que el imputado le asestó tres puñaladas, una de las cuales penetró la cavidad torácica y lesionó el corazón, provocándole un shock hemorrágico irreversible que derivó en su muerte. El ataque se habría detenido cuando la pareja de Romero lo tomó del brazo, tras lo cual ambos se retiraron del lugar.

El hecho fue calificado provisoriamente como homicidio simple en calidad de autor para Romero, con una pretensión punitiva de 20 años de prisión en caso de recaer una condena.

Finalmente, el juez penal Miguel Caviglia resolvió dictar un cuarto intermedio para analizar los planteos de las partes y dispuso que el imputado continúe en prisión preventiva por seis meses o hasta la finalización del juicio, lo que ocurra primero, tal como habían solicitado la Fiscalía y la querella.

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