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Audiencia clave por el caso vacunas: para el defensor de Taboada, «no hubo pruebas» y el juicio fue por su peso político

El próximo 20 de agosto se realizará una audiencia clave en la causa judicial por el presunto robo de vacunas contra el COVID-19 en el Hospital Regional de Comodoro Rivadavia. Así lo confirmó el abogado Guillermo Iglesias, defensor del dirigente camionero Jorge Taboada, quien cuestionó con dureza el proceso y aseguró que el juicio se sostuvo “sin pruebas” y por la “relevancia política” del sindicalista.

La instancia judicial se desarrollará ante el Tribunal de Casación Penal de la Nación, que deberá resolver dos planteos: por un lado, la impugnación del fiscal contra la suspensión del juicio a prueba que benefició a Taboada y una veintena de afiliados de la obra social del Sindicato de Camioneros; por otro, la apelación de la defensa contra la condena a Marcos Paura, colaborador de la misma obra social.

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No hay pruebas directas de que se hayan colocado vacunas robadas. La imputación se sostuvo solo con inferencias. Y lo más grave: se rechazó una prueba clave que podría haber despejado todas las dudas”, señaló Iglesias, en diálogo con Actualidad 2.0 , por radio Del Mar.

El fallo que benefició a Taboada y otros

El letrado explicó que, en el caso de Jorge Taboada y otros afiliados, el tribunal de primera instancia les otorgó la suspensión del juicio a prueba -conocida como ‘probation’- porque el delito imputado tenía una pena máxima de tres años. Aunque el fiscal federal se opuso a este beneficio, Iglesias remarcó que su postura “no es vinculante”, ya que se trata de un delito excarcelable y el tribunal es soberano para resolver.

“Si Casación acepta el recurso del fiscal, nosotros ya tenemos preparado un recurso extraordinario ante la Corte Suprema. Pero no creemos que eso ocurra. No hay elementos suficientes para revocar esa probation”, afirmó Iglesias, aunque no descartó que, en el peor de los casos, “se deba ir a juicio oral”.

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Archivo ADNSUR

“No hubo vacunas, no hubo vacunación, no hubo delito”

En su explicación técnica, el abogado sostuvo que el punto de partida de la acusación fue la detección de un faltante de 30 segundas dosis de vacunas Sputnik V entre el 26 y 27 de enero de 2021. Sin embargo, remarcó que “en los allanamientos realizados el 19 de febrero no se encontraron ni vacunas, ni heladeras para conservarlas, ni personal dispuesto a aplicarlas”.

Más aún, señaló que la propia investigación judicial detectó que los afiliados del sindicato se habían colocado una primera dosis el 29 de enero, pero los testimonios de las responsables del cómputo de vacunas, Lorena Abril y Miryám Monasterolo, descartaron cualquier faltante de primeras dosis.

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“El tribunal dedujo que si se colocaron la primera dosis el 29 de enero, se iban a aplicar la segunda el 19 de febrero. Pero no hay forma de vincular la desaparición de esas 30 dosis con esa supuesta aplicación. Nunca se probó nada”, sostuvo.

En ese sentido, Iglesias fue categórico: “ni siquiera se permitió realizar un análisis de anticuerpos para ver si efectivamente esas personas tenían anticuerpos y presencia de la vacuna en el organismo. Esa era la única prueba objetiva y científica, pero esto se rechazó sin fundamentos. Fue más cómodo no hacerla, porque al no tenerla, la imputación se mantiene viva”.

Ilustrativa Infobae

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La figura de Taboada, eje del proceso

El abogado fue aún más enfático al cuestionar la decisión de mantener imputado al exdiputado nacional y secretario general del gremio: “no encuentro otra explicación que no sea la política. Taboada fue enjuiciado por su peso público, no por pruebas. En derecho no se puede sostener esta imputación”.

“Cuando no lo podés explicar jurídicamente, hay que buscar la razón en otro lado”, subrayó, al calificar todo el expediente como “un ejemplo de déficit flagrante de investigación”.

El caso Paura y el pago a enfermeras

Respecto a la condena al empleado de la obra social, Marcos Paura, Iglesias detalló que se le atribuyó un acuerdo con dos enfermeras para realizar una vacunación en la sede del sindicato, por lo cual se abonaron 15.000 pesos. Sin embargo, recalcó que el acto de vacunación no se vinculó con las dosis faltantes del hospital, ni con las fechas del presunto robo.

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Hubo un pago, sí. Pero el pago era legal. Las enfermeras podían facturar el servicio y el sindicato estaba autorizado a contratar vacunadores, ya que el decreto de prioridades incluía al personal vinculado con el sistema de salud, incluidos los transportistas”, indicó.

Según Iglesias, la condena a Paura (2 años y 6 meses de prisión en suspenso) también se sostiene sobre pruebas “indirectas” y llamadas telefónicas “que generan inferencias, pero no certezas”.

Próxima instancia: 20 de agosto

El caso llegará al Tribunal de Casación Penal de la Nación el próximo 20 de agosto. Allí se debatirá la legalidad de la probation para los camioneros y la validez de la condena a Paura. Según Iglesias, será una instancia clave para “revisar el sentido del proceso” y determinar si la causa tiene verdaderamente sustento probatorio o si se trató de una “persecución sin pruebas”.

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